¿Puede considerarse accidente laboral el ocurrido después de salir del trabajo?

 

Nos encontramos ante el supuesto más frecuente de los accidentes IN ITINERE, es decir aquellos que ocurren al ir o volver del trabajo.

El caso que comentamos consistió en un ACCIDENTE DE TRABAJO IN ITINERE DOS HORAS DESPUES DE SALIR DEL TRABAJO.

Nos encontramos ante un accidente de tráfico sufrido por un conductor tras dejar a varios compañeros del trabajo en su sus casas. Después de finalizar la jornada de trabajo, un empleado acompañó con su coche a tres compañeros a sus respectivos domicilios y tras realizar el penúltimo trayecto y volver a su casa tuvo un accidente de tráfico, ¿este accidente está considerado como un accidente de trabajo por la legislación laboral?, no podemos olvidar que ya habían trascurrido cerca de dos horas desde la finalización de la jornada.

Pues bien, en todo accidente in itinere (al ir o volver del trabajo) hay que analizar los hechos para ver si reúnen los requisitos que requiere la ley para darle este tratamiento y que se resumen en los siguientes:

1) Que el accidente se produzca en el “trayecto habitual, normal o adecuado”. Es decir que el accidente se produjo en un trayecto necesario, sin paradas “innecesarias” para llevar a los tres compañeros a sus domicilios.

2) Que exista lo denominado “nexo causal” entre el accidente y el lugar de trabajo, para determinar que el trayecto en que se produjo el accidente era ir o volver del trabajo al domicilio.

3) Que el “medio de transporte es el adecuado”. Es decir que su vehículo es el utilizado para sus desplazamientos al y/o al trabajo y no se produjo una conducción temeraria o inadecuada por parte del afectado.

4) Que el accidente se produjo en un periodo de “tiempo adecuado, próximo o razonable a la hora de salida del trabajo”. Es decir, que con independencia con el tiempo transcurrido desde la salida del trabajo los trayectos para dejar a los compañeros son los adecuados y el tiempo transcurrido es el adecuado bien por la densidad del tráfico, la distancia, etc…

Como veis la casuística y posibles interpretaciones de las partes interesadas está servida, pero en este caso en concreto ¿puede considerarse accidente laboral el ocurrido después de salir del trabajo y transcurridas dos horas desde entonces?, la respuesta es afirmativa.

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